lunes, 21 de mayo de 2007

Archivan de nuevo el caso de la licenciada que denunció maltrato psicológico en Valladolid

Valladolid-El Juzgado sobreseyó por segunda vez el caso de una mujer que denunció maltrato psicológico de su pareja, archivo que rechazaron públicamente algunas organizaciones cuando se produjo por primera vez, al criticar que el juez calificara de "sorprendente" que una licenciada soportara maltrato.
El auto dictado ahora por el Juzgado de Violencia sobre la mujer número 1 de Valladolid, al que tuvo acceso Efe, desestimó así el recurso de reforma interpuesto por la mujer contra el auto del 26 de marzo pasado del mismo Juzgado que también sobreseyó el caso.
En la resolución, el juez aclara que "queda fuera de toda duda que cualquier mujer, con independencia de su nivel económico, formación o extracción social, puede ser víctima de malos tratos (físicos o psicológicos) y por ello no es absolutamente inmune a tal posibilidad la mujer con alta formación o con estudios superiores".
El juez considera que, "en el caso que aquí se examina, es posible que, con frase poco afortunada (que se ha extrapolado y en todo caso se ha sacado de contexto), se expusiese en el auto ahora impugnado una idea que, tomada como general, no lograse expresar lo que", para esta situación particular "se quería decir".
La resolución judicial explica que, en el fenómeno de la violencia de género, "en general", quien agrede es el hombre (utilizando muchos métodos, incluyendo el maltrato psicológico) y quien sufre la agresión es la mujer.
Matiza que, "ahora bien, siendo toda mujer víctima potencial de tales agresiones, en no pocas ocasiones concurren diversos factores (personales, económicos, de dependencia financiera, existencia de hijos menores, etc.) que pueden influir en la mayor o menor facilidad para que el agresor realice y logre su propósito criminal y, correlativamente, en una mayor o menor capacidad de resistencia de la víctima".
El juez precisa que "la formación, el nivel cultural, los estudios cursados no son por sí solos elementos que eliminen el riesgo del maltrato".
Añade el auto que "sí pueden representar un bagaje individual o la posibilidad de disponer de recursos personales que sin duda van a dificultar el control y el sometimiento pretendido por el agresor y pueden permitir a la víctima un adecuado análisis de su situación, el acceso a información y la posibilidad de pedir ayuda externa".
Resume que "no parece descabellado" concluir que "aquéllas mujeres que no han sido educadas en la asunción de un papel de sumisión frente al hombre o que no han sufrido un acceso no igualitario a la educación o a los ámbitos económicos y laborales, es decir, que su vida se ha desenvuelto en un contexto social en que no se han padecido tales carencias o desequilibrios, la probabilidad (que no la posibilidad) de ser víctimas de maltrato (en especial psicológico) es menor".
Para argumentar el archivo de la causa, el juez dice que "no se aprecian indicios suficientes del delito denunciado ni de ningún otro".
Sí se constata que, a raíz de la demanda de divorcio formulada por el esposo de la denunciante, "ésta formula una denuncia en la que, si no en su totalidad, si en buena parte de ella lo que se evidencia son discrepancias entre el matrimonio, fundamentalmente de carácter económico, y algunos episodios concretos (parte de ellos ocurridos hace más de diez años) que no presentan los perfiles del delito de maltrato psicológico denunciado."
El juez, tras exponer los razonamientos jurídicos del auto en doce folios, establece que "se desestima el recurso de reforma interpuesto" por la denunciante, contra el que cabe recurso de apelación, ante la Audiencia Provincial. Informó EFE.

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